No todo el mundo puede acogerse a la cancelación de deudas solo los que cumplan determinados requisitos pueden acogerse.
¿Quieres saber si te puedes acoger a la Ley de la Segunda Oportunidad?
Estoy decidido a solicitar la ley de la segunda oportunidad.
Si, ahora conozco con detalle la ley para acogerme a ella.
Creo reunir cada uno de los requisitos para solicitarla.
La segunda oportunidad es de los servicios más accesibles si lo comparamos con los resultados. ¿Cuanto pagarías por cancelar todas tus deudas?. El coste del servicio puede rondar entre el 3% y 6% del importe adeudado. Pero debes recordar que cancelarás el otro 97% de las deudas.
Es un proceso largo y su duración depende de la carga de trabajo de los Juzgados pero puede estar entre el año y los dos años. Lo importante es comenzar cuanto antes, ya que una vez en marcha paralizas todas las ejecuciones sobre tu patrimonio, mientras que nosotros nos encargaremos de tramitarlo.
Esta es una de las cuestiones mas controvertidas. En teoría todos los bienes, incluida la vivienda, deben ser vendidos durante el procedimiento, aunque cada vez es más habitual intentar salvarla, pero solo si concurren determinadas circunstancias excepcionales puede obtenerse, según el criterio de cada Juzgado. Estudiaremos tu caso para informarte de todas las posibilidades que tengas de protegerla.
La segunda oportunidad no alcanza a los avalistas y éstos seguirán respondiendo por las deudas que a ti te hayan cancelado. Para ellos también tenemos SOLUCIONES. Estos avales también se pueden cancelar a través de un procedimiento especial. Tienes más información en nuestro servicio «cancelación de avales».
Legalmente tenemos dos meses desde que no podemos atender los pagos para presentar el concurso de acreedores.
No hay un mínimo, pero por debajo de 15.000 o 20.000 euros merece más la pena negociar con los acreedores que acogerse a la Segunda Oportunidad.
Depende el delito por el que hayas sido condenado. Pero si han caducado los antecedentes penales, puedes pedirla.
No necesariamente te embargarán toda la nómina. Durante el proceso puedes establecer con el Administrador Concursal que parte necesitarás para «vivir» y los acreedores no te la podrán embargar.
Una vez iniciado el proceso, los acreedores están obligados a lo que establezca el Juez en la Segunda Oportunidad. Muchas veces las entidades de «recobro» no se han enterado que estás en Segunda Oportunidad, pero si les remites la resolución judicial dejarán de acosarte, de lo contrario podrían incurrir en una infracción.
Las cookies necesarias son absolutamente imprescindibles para que el sitio web funcione correctamente. Esta categoría sólo incluye cookies que garantizan las funcionalidades básicas y las características de seguridad del sitio web. Estas cookies no almacenan ninguna información personal.