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Ley de la Segunda Oportunidad

Acaba con tus deudas

Te acompañamos en el viaje legal
más importante de tu vida

¿Qué pasos tendrás que dar?

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Solo son algunas preguntas para conocer la situación de tu empresa  y poder ayudarte mejor. 

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Entrevista

Una vez analizada la información que nos facilites contactaremos contigo para un análisis mas en profundidad de tu situación.

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Estrategia

Con toda la información que nos has proporcionado diseñaremos una estrategia que proteja tus intereses frente a tus acreedores.

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Presupuesto

Con la solución acordada te haremos una propuesta de trabajo y te presentaremos un presupuesto.

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¿Qué ventajas tendrás con nosotros?

Estudio Gratuito

Estudiamos tu caso sin coste ni compromiso

99% de éxito

Sabemos cuando tu caso tendrá éxito

Abogados Expertos

Nos dedicamos en exclusiva a los problemas financieros

Cancelamos todas tus deudas

Te liberarás el 100% de tus deudas.

Estarás tranquilo durante el proceso

Nadie podrá agobiarte durante el proceso y obtendrás todas estos beneficios legales

Icono paralización de embargos

Paralización de embargos

Desde el momento que presentemos el pre-concurso se paralizarán los nuevos embargos.
Iconos suspensión de subasta

Suspensión subasta

Se suspenderá la subasta de tu casa, mientras se tramita la segunda oportunidad.

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Fin a las llamadas y requerimientos

Desde que se comunique a tus acreedores, no te podrán reclamar ni requerir de pago.
Icono suspensión de pago de intereses

Suspensión de intereses

No se seguirán devengando intereses durante el proceso.

Icono suspensión de pagos

Suspensión de pagos

No tendrás que pagar a tus acreedores durante el proceso.

Icono información de asistencia permanente

Información y Asistencia permanente

Te mantendremos siempre informado del estado en el que se encuentre el proceso.

Estos son los pasos que daremos juntos para que consigas

LIBERARTE DE TUS DEUDAS

  • Solicitamos el mediador
    SOLICITUD MEDIACIÓN

    Ante Notario o Registrador Mercantil
    Plazo 7 - 15 días
    El primer paso es presentar ante el Notario o Registrador Mercantil una solicitud. Para ello tendrás que preparar toda la documentación que será necesaria.
  • Designación Mediador
    ACEPTACIÓN MEDIADOR

    Con el Notario o Registrador Mercantil
    Plazo 5 días
    El Notario o Registrador nombrarán a un mediador quien aceptará el cargo, para negociar con los acreedores.
  • Propuesta y convocatoria
    PROPUESTA DE PAGO

    Coordinada con el mediador
    Plazo 7 - 15 días
    Redactaremos una propuesta de acuerdo de pago con reducción (hasta el 99%) de la deuda y el plazo (hasta 10 años) que puedas asumir para que se someta a la aprobación de tus acreedores.
  • Reunión
    REUNIÓN CON ACREEDORES

    Coordinada por el Mediador
    Plazo 2 meses
    El mediador habrá enviado previamente nuestra propuesta de pago a los acreedores para que en esta reunión, puedan aprobarla. Si es aprobada, se firmará escritura pública, y sino solicitaremos el Concurso de Acreedores.
  • Solicitamos el concurso
    SOLICITUD CONCURSO

    Al Juzgado
    Plazo 10 días
    Sino conseguimos acuerdo con los acreedores, solicitaremos en el Juzgado la declaración del Concurso de Acreedores.
  • Declaración Judicial
    DECLARACIÓN DE CONCURSO

    Juzgado
    Plazo 2 - 10 Meses
    El Juzgado declarará el concurso de acreedores y nombrará Administrador Concursal, que será, salvo excepciones el mediador, y tendrá por misión informar al Juez sobre nuestra situación financiera, liquidar nuestros bienes y comprobar que somos deudores de "buena fe".
  • Plan de Liquidación
    VENTA DE BIENES

    Administrador Concursal
    Plazo 1 - 3 Meses
    Deberá vender todos nuestros bienes y pagar con el resultado todas las deudas que pueda.
  • INFORME DE CALIFICACIÓN

    Administrador Concursal
    Plazo 15 Días
    Tiene que Informar al Juez, si hemos sido negligentes o hemos actuado de mala fe al contraer todas nuestras deudas. 
  • Solicitamos la cancelación
    SOLICITUD CONDONACIÓN DEUDAS

    Nosotros
    Plazo 7 - 10 Días
    Llegados a este punto, habiendo vendidos todos nuestros bienes y quedando deudas pendientes, solicitamos al Juzgado que nos perdone todas las deudas.
  • Designación Mediador
    INFORME ADMINISTRADOR CONCURSAL

    Administrador Concursal
    Plazo 10 Días
    Deberá hacer otro informe al Juez con su opinión sobre la condonación de las deudas que quedan pendientes de pago.
  • Alegaciones
    ALEGACIONES

    Acreedores
    Plazo 10 Días
    Podrán hacer alegaciones en contra, pero solo podrán estar basadas en unas causas tasadas (delitos contra el patrimonio, concurso culpable, existencia de bienes ocultos, etc.)
  • Reunion
    SENTENCIA CANCELACIÓN Y CONCLUSIÓN CONCURSO

    Juez del Concurso
    Plazo 1 - 2 Meses
    A la vista de nuestra petición, el informe del Administrador y las alegaciones de los acreedores dictará una Sentencia cancelando tus deudas.

    Vamos a ello

Casos reales de cancelación de deudas

BARCELONA

JUZGADO DE LO MERCANTIL Nº 10 DE BARCELONA

14/09/2018

En el procedimiento de Concurso consecutivo …../2017, el día 14/9/2018 se ha dictado una resolución cuyo parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

«Se concede la exoneración del pasivo insatisfecho a doña…….»

Ver la resolución judicial aquí

GRANADA

JUZGADO DE LO MERCANTIL DE GRANADA

07/09/2018

El Juzgado de lo Mercantil de Granada, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 23, ha acordado:

«Se concede a don ……….el beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho.»

«Los acreedores cuyos créditos se extingan no podrán iniciar ningún tipo de acción dirigida frente al deudor para el cobro de los mismos».

Ver la resolución judicial aquí

OVIEDO

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NÚMERO 2 DE OVIEDO

13/03/2018

Que en los autos seguidos ante este Juzgado……..se ha dictado en fecha 16 de octurbe del 2017 Auto en el que:

«3. Se concede a los deudores el beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho, que se publicará en el Registro Publico Concursal.»

Ver la resolución judicial aquí

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Dudas sobre la Segunda Oportunidad

La segunda oportunidad es de los servicios más accesibles si lo comparamos con los resultados. ¿Cuanto pagarías por cancelar todas tus deudas?. El coste del servicio puede rondar entre el 3% y 6% del importe adeudado. Pero debes recordar que cancelarás el otro 97% de las deudas. 

Es un proceso largo y su duración depende de la carga de trabajo de los Juzgados pero puede estar entre el año y los dos años. Lo importante es comenzar cuanto antes, ya que una vez en marcha paralizas todas las ejecuciones sobre tu patrimonio, mientras que nosotros nos encargaremos de tramitarlo.

Esta es una de las cuestiones mas controvertidas. En teoría todos los bienes, incluida la vivienda, deben ser vendidos durante el procedimiento, aunque cada vez es más habitual intentar salvarla, pero solo si concurren determinadas circunstancias excepcionales puede obtenerse, según el criterio de cada Juzgado. Estudiaremos tu caso para informarte de todas las posibilidades que tengas de protegerla. 

La segunda oportunidad no alcanza a los avalistas y éstos seguirán respondiendo por las deudas que a ti te hayan cancelado. Para ellos también tenemos SOLUCIONES. Estos avales también se pueden cancelar a través de un procedimiento especial. Tienes más información en nuestro servicio «cancelación de avales».

Legalmente tenemos dos meses desde que no podemos atender los pagos para presentar el concurso de acreedores.

No hay un mínimo, pero por debajo de 15.000 o 20.000 euros merece más la pena negociar con los acreedores que acogerse a la Segunda Oportunidad.  

Depende el delito por el que hayas sido condenado. Pero si han caducado los antecedentes penales, puedes pedirla.

No necesariamente te embargarán toda la nómina. Durante el proceso puedes establecer con el Administrador Concursal que parte necesitarás para «vivir» y los acreedores no te la podrán embargar.

Una vez iniciado el proceso, los acreedores están obligados a lo que establezca el Juez en la Segunda Oportunidad. Muchas veces las entidades de «recobro» no se han enterado que estás en Segunda Oportunidad, pero si les remites la resolución judicial dejarán de acosarte, de lo contrario podrían incurrir en una infracción.

Más información, elaborada por abogados especializados de nuestro bufete, sobre la Ley de Segunda Oportunidad: